La Patria, municipio La Independencia, Chiapas a 16 de noviembre de 2010.

ASUNTO: Reiteración solicitud pago PROCAMPO 2010.

ING. JOSE ALFONSO AVENA CORTÉS

JEFE DE DISTRITO DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE (SAGARPA)

Y SECRETARIO DEL CONSEJO DISTRITAL DE DESARROLLO RURAL

REGIÓN III FRONTERIZA, COMITÁN, CHIAPAS

PRESENTE

At´n. Ing. Juan Merino Félix

Encargado del Programa PROCAMPO

Municipio La Independencia

Ing. Avena:

En seguimiento al caso que, primero de forma verbal y luego, a través de escrito de fecha 10 de agosto de este año (cuya copia se anexa) queremos reiterarle nuestra solicitud de pago del PROCAMPO 2010, solicitud que le hemos venido haciendo a nombre del Grupo de Ejidatarios y Posesionarios del Ejido La Patria que, de forma consciente e informada, no aceptamos en su momento (ni aún ahora) incorporarnos al Programa de Certificación de Derechos Agrarios y Titulación de Solares (PROCEDE) mismo que, de acuerdo a los “Considerandos” señalados en el “Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares”, dicho Programa tuvo –y tiene, bajo su nuevo nombre de FANAR- un carácter totalmente voluntario y de respeto absoluto a la autonomía ejidal, por lo que resulta ilegal e ilegítimo, el que ahora la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), en complicidad con la Procuraduría Agraria (PA), pretendan condicionarnos el pago de un Programa Público de Apoyo como es el PROCAMPO, -y al que como campesinos mexicanos tenemos derecho pleno- a nuestra incorporación al ahora llamado “Fondo de Apoyo para Núcleos Agrarios sin Regularizar” (FANAR) (antes PROCEDE), siendo además que dicho beneficio lo habíamos venido recibiendo de forma ininterrumpida en los últimos años, teniendo usted mismo en sus oficinas, el expediente 2009 de nuestro pago.

Queremos asimismo señalarle que hemos recibido de parte de personal del Distrito a su cargo, y de parte de personal de la Delegación Estatal de la Procuraduría Agraria, información tendenciosa, que pretende engañarnos como campesinos y ejidatarios, en el sentido de que -por ejemplo- tanto la Carpeta Básica de nuestro ejido (Resolución Presidencial, Acta de Ejecución y Deslinde y Plano Definitivo) como nuestros Certificados de Derechos Agrarios, “han dejado de tener validez” y de que, “por no haber aceptado ingresar al PROCEDE, hemos perdido el carácter de ejidatarios con derechos”.

En ese sentido, lo exhortamos a revisar, por ejemplo, el párrafo 8ª de la propia Acta de Delimitación Deslinde y Asignación de las tierras,-ilegal e ilegítimamente levantada en nuestro ejido, supuestamente el 20 de octubre 2006- párrafo en el que se establece que, los Planos Generales (definitivos) de nuestra Dotación Ejidal y sus dos ampliaciones, “forman parte de los documentos fundamentales que amparan la propiedad ejidal”.

Así como el Anexo 2 de la citada Acta, donde incluso los 12 ejidatarios básicos que nos negamos voluntariamente a incorporarnos al PROCEDE, se nos reconoce como “sujetos de derecho” (es decir, ejidatarios con derechos agrarios), e inclusive, los 11 estamos anotados (sin firma) en la Lista de Asistencia de ejidatarios que “estuvieron presentes” en la inexistente Asamblea relativa a la Delimitación, Deslinde y Asignación de las Tierras al interior del Ejido La Patria, la cual –reiteramos- nunca se realizó en la forma y bajo los lineamientos legales establecidos en el citado el “Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares”, hecho que denunciamos en oficio dirigido al Tribunal Agrario, de fecha 9 de julio de 2008 (mismo que también anexamos).

Por su parte, el Artículo 20º de la Ley Agraria, establece las únicas causas por lo que legalmente se pierde la calidad de ejidatario, sin señalarse ahí que dicha calidad se pierda por no incorporarse al PROCEDE; y el Artículo 78º de la misma Ley, a la letra dice: “Los derechos de los ejidatarios sobre sus parcelas se acreditarán con sus correspondientes certificados agrarios ó certificados parcelarios….”

Para probar nuestra calidad de ejidatarios y posesionarios en posesión y trrabajo de nuestras parcelas y por tal, con derechos agrarios vigentes, contamos además –y le anexamos también- Acta de Reconocimiento y Nombramiento del Representante del Grupo de ejidatarios básicos y Posesionarios que no se incorporaron al PROCEDE y quienes nos niegan PROCAMPO 2010, levantada el 13 de agosto del presente, firmada y sellada por el Comisariado de nuestro Ejido La Patria.

Por nuestra parte, hemos obtenido, leído y revisado, las “Reglas de Operación del Programa de Apoyos Directos al Campo, denominado PROCAMPO”, originales, publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de fecha 20 de febrero de 2002, así como el “Acuerdo por el que se modifican a la Reglas de Operación del Programa de Apoyos Directos al Campo, denominado PROCAMPO”, publicadas en el DOF el 8 de abril de 2009 (mismas que se aplican para este 2010) y en ningún párrafo hemos encontrado el supuesto lineamiento que establece –como según nos dice el personal de SAGARPA y PA- que “aquel ejidatario o Núcleo Agrario Ejidal que se haya negado a incorporarse al PROCEDE y que actualmente se niegue a incorporarse al FANAR, no tiene derecho a recibir su apoyo de PROCAMPO”.

En resumen, consideramos que la negativa a otorgarnos un apoyo de carácter público, como es el PROCAMPO, al que legítimamente tenemos derecho, bajo pretextos ilegales, falsos y tendenciosos, no sólo es discriminatorio, sino que con ello se nos violan derechos humanos elementales.

Finalmente queremos señalarle que esta nuestra reiterada solicitud, se fundamenta además, en el artículo 8° Constitucional (Derecho de Petición) por lo que –amparados en dicho Derecho- le solicitamos nos brinde una respuesta escrita y fundamentada a esta solicitud, para lo cual señalamos como domicilio para recibir su respuesta escrita, así como cualquier otra notificación relativa a este asunto; el domicilio del C. Florindo Hernández Álvarez, Representante de nuestro grupo, ubicado en la calle Benito Juárez S/N, poblado de la Patria, Municipio La Independencia, Chiapas.

Atentamente

FLORINDO HERNANDEZ ÁLVAREZ

REPRESENTANTE DEL GRUPO DE 12 EJIDATARIOS BÁSICOS Y 20 POSESIONARIOS DEL EJIDO LA PATRIA,

QUIENES, DE FORMA CONCIENTE, INFORMADA Y VOLUNTARIA, NOS NEGAMOS A SER INCORPORADOS EN EL PROCEDE, HOY FANAR Y A QUIENES, POR ESA RAZÓN, ILEGALMENTE SE NOS NIEGA EL PAGO DEL PROCAMPO 2010

c.c-p- C. Abelardo Morales Vázquez.- Presidente del Comisariado Ejidal del ejido La Patria, municipio La Independencia Chiapas

c.c.p Lic. Francisco Javier Mayorga Castañeda.-Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), México, DF.

c.c.p. Agr. Abelardo Escobar Prieto .- Secretario de la Reforma Agraria (SRA), México, DF

c.c.p. Lic. Rocendo González.- Procurador Agrario, México, DF

c.c.p. Lic. Juan Sabines Guerrero.-Gobernador del Estado de Chiapas. Tuxtla Gutiérrez, Chis.-Presente

c.c.p. MVZ José Ángel Del Valle Molina.- Secretario del Campo.-Tuxtla Gutiérrez, Chis.

c.c.p. Delegado de SAGARPA en Chiapas.-Tuxtla Gutiérrez, Chis.

c.c.p. Lic. Arturo Orta Rodríguez.- Delegado de la Procuraduría Agraria en Chiapas.-Tuxtla Gutiérrez, Chis.

c.c.p. Tribunal Superior Agrario.-México DF

c.c.p. Navanethem Pillay .- Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Ginebra, Suiza

c.c.p. Representante en México de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, México, DF

Ccp.- Senadora Rosario Ibarra - Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República, México, DF

c.c.p. Lic. Raúl Placencia Villanueva.- Presidente de la CNDH, México, DF.

c.c.p. Lic.Juan Carlos Moreno Guillen.- Presidente de la Comisión de los Derechos humanos del Estado de Chiapas.-Tuxtla Gutiérrez, Chis.

c.c.p. Organismos y Centros de Derechos Humanos Nacionales e Internacionales

c.c.p. Medios de Comunicación, Nacionales e Internacionales.