El pleito por el Diario de Chiapas: el título y la marca. ¿Necesitamos un arbitro?

Fermin Ledesma D

www.ferledesma.blogspot.com

Desde el 03 de agosto de 2009, en Chiapas circulan dos periodicos con el mismo nombre amparados cada uno por certificados y registros emitidos por instituciones públicas facultadas para ello, lo que ha puesto al descubierto una batalla legal y de legitimación en la opinión publica entre familias los Toledo y Granda Coutiño: El Diario de Chiapas, la verdad impresa.

Por un lado, los actuales directivos del Diario de Chiapas, los hermanos Rogelio y Toledo Coutiño invocan a la legalidad del diario que editan, amparados con el registro de marca otorgado por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI). Por el otro lado, Adriana Granda Coutiño en representación de los menores Jessica y Melissa Toledo Coutiño buscan explotar el nombre, amparadas con el certificado de Reservas de Derechos al Uso Exclusivo, otorgado por el Instituto Nacional de Derechos de Autor (INDA). Ambos documentos son legalmente expedidos y válidos, pero son de naturaleza distinta que implica alcances jurídicos diferentes.

Es decir, el diario se encuentra protegido por dos leyes. Por un lado la marca “Diario de Chiapas” y su diseño esta protegida por la Ley de la Propiedad Industrial, mientras que el título “Diario de Chiapas, la verdad impresa” se encuentra protegida por la Ley Federal del Derecho de Autor. Marca y título son cosas distintas que podrían generar confusión pero que, en términos de legislación tienen diferentes aplicaciones. Ambas derivan de la propiedad intelectual.

La primera ley protege marcas, avisos comerciales, publicación de nombres, razones sociales, entre otros, mientras, la Ley Federal de Derechos de Autor (LFDA) protege las obras de creación original como creaciones literarias y artísticas, que entre otras cosas, tiene “la facultad de otorgar la reserva de derechos de usar y explotar en forma exclusiva títulos, nombres, denominaciones, características físicas y psicológicas distintivas, o características de operación originales aplicados, de acuerdo con su naturaleza”, dice el artículo 173 de la LFDA.

La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) estable que “La propiedad intelectual se divide en dos categorías: la propiedad industrial, que incluye las invenciones, patentes, marcas, dibujos y modelos industriales e indicaciones geográficas de origen; y el derecho de autor, que abarca las obras literarias y artísticas, tales como las novelas, los poemas y las obras de teatro, las películas, las obras musicales, las obras de arte, tales como los dibujos, pinturas, fotografías y esculturas, y los diseños arquitectónicos.

Dicho de otro modo, la marca como símbolo, logotipo o signo “Diario de Chiapas” y su respectivo diseño lo ostentan los Toledo Coutiño, mientras que, el título fonético y gramatical lo posee Adriana Granda Coutiño. Digamos que, Adriana Granda no podría usar el logotipo azul tal y como se muestra en El Diario de Chiapas, pero sí el título con un diseño o símbolo distinto. Cosa que ha ocurrido hasta el momento.

Historial legal

De acuerdo al expediente 0823341 del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, el 05 de diciembre de 2006, el apoderado legal del Diario de Chiapas, José Isaac Rivera González presentó ante el IMPI la solicitud de registro de la marca, bajo el argumento de que desde el 01 de marzo de 1990 ostentan la marca, para lo cual establecieron un convenio el 17 de noviembre de 2006 para las reglas y su uso de “Diario de Chiapas, la verdad impresa”, en la clase internacional de productos y servicios, clase 16.

Dicho convenio estableció que la citada marca es de uso exclusivo de los copropietarios correspondiendo a cada uno de ellos, es decir a Rogelio y Gerardo Toledo Coutiño, el 50 por ciento de los derechos de la marca, mismo que sería utilizada en papel, cartón y artículos de estos materiales; y productos de imprenta, entre otras cosas.

Finalmente, el 21 de febrero de 2008, el IMPI a través de la dirección departamental de marcas B, otorgó a los hermanos Toledo Coutiño el registro de la marca número 1025072 al “Diario de Chiapas” con un permiso de 10 años, mismo que podrá renovarse por las partes, según publica el mismo diario en la edición de este 04 de agosto. Esto, ampararía únicamente la marca o el símbolo tal y como fue presentado por José Isaac Rivera González al IMPI. “La marca deberá usarse en territorio nacional, tal como fue registrada o con modificaciones que no alteren su carácter distintivo”, dice la propia Ley de la Propiedad Industrial en su artículo 128.

Sabedor de ello, Adriana Granda Coutiño no recurrió al IMPI para registrar la marca “Diario de Chiapas” sino al INDA para solicitar el registro para usar de manera exclusiva el título (que no la marca) del “Diario de Chiapas la verdad impresa”, privilegio que fue otorgado el 09 de enero de 2009, ratificado por el mismo INDA el 02 de julio del mismo año, luego de estudios técnicos, jurídicos y lógicos.

Si Adriana Granda Coutiño hubiera concurrido al IMPI para solicitar el registro de marca, el fallo desde luego habría sido en sentido negativo, toda vez que desde el 21 de febrero de 2008 los Toledo Coutiño tenían la marca registrada a su favor o en su caso, existía una preferencia para otorgar el registro a los primeros solicitantes, contemplada en la misma ley.

No obstante, los Toledo Coutiño al percatarse de que el título- que no la marca-se estaba tramitando ante el INDA presentaron la solicitud seis días después de que Adriana Granda Coutiño obtuviera el certificado de uso exclusivo del título. Sin embargo, los seis días eran suficientes para llegar tarde. El resolutivo del INDA se había emitido a favor de Adriana Granda el 09 d enero de 2009.

En síntesis, de acuerdo a la legislación vigente, tanto los Toledo Coutiño como Adriana Granda Coutiño están en su derecho de hacer valer los registros de marca y el título de uso exclusivo que ostentan. La ley no establece que exista impedimento alguno.

Pero seguramente, el asunto no quedará aquí. Las partes, tal vez, recurran a los tribunales y por lo pronto, el propio INDA concede a los Toledo Coutiño impugnar el resolutivo con un recurso de revisión contemplado en la misma Ley del Derecho de Autor, no obstante que a estas alturas el plazo haya vencido en los términos que marca Ley Federal del Procedimiento Administrativo.

Entonces, ¿necesitamos un árbitro? ¿Es necesario que alguno de los dos diarios salga de circulación?. ¿Permanecerán los dos diarios?. Sin duda, un asunto que las familias en pugna- Toledo y Granda- deberán dirimir en el plano político.