Estimadas y estimados, hermanas y hermanos, compañeros y compañeras compartimos nuestra Acción Urgente sobre las agresiones en contra de mujeres, niños y hombres del ejido de Jotolá. Equipo Frayba San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, México A 1 de abril de 2010. AU-04 ACCIÓN URGENTE Secuestro, tortura y amenazas de muerte a Rosa Díaz Gómez y Carmela Sánchez Cruz en el ejido Jotolá por personas señaladas como integrantes de la OPDDIC Secuestro a los menores de edad Mario Sánchez Arcos y Francisco Moreno Méndez adherentes a La Otra Campaña Desplazamiento forzado de 18 personas del ejido Jotolá por temor a nuevas agresiones. El Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas manifiesta su preocupación por la vida e integridad personal de la Sra. Rosa Díaz Gómez (en adelante Rosa), la menor Carmela Sánchez Cruz (en adelante Carmela) y sus respectivas familias, debido a la amenazas de muerte y desalojo forzoso que recibieron por los Sres. Juan Cruz Méndez y otros integrantes de la Organización Para la Defensa de los Derechos Indígenas y Campesinos (OPDDIC); en caso de continuar participando dentro de la organización La Otra Campaña. El 24 de marzo de 2010 según testimonios, adherentes a La Otra Campaña detuvieron a Daniel Moreno Pérez, quien tenía una orden de aprehensión (por los hechos ocurridos el 18 de septiembre de 2009[1] y que permanecía sin ejecutarse por la Procuraduría General de Justicia del Estado), y fue puesto a disposición de las autoridades ministeriales de Bachajón. Dichas acciones desencadenaron los hechos de violencia desproporcionada en contra de Rosa y Carmela que aquí relatamos. El día 24 de marzo de 2010 aproximadamente a las 12:00 horas los menores de edad Mario Sánchez Arcos y Francisco Moreno Méndez, fueron privados arbitrariamente de su libertad por los Sres. Juan Cruz Méndez (en adelante Juan), Medardo Carmelino Cruz Méndez (en adelante Medardo), Alfonso Cruz Cruz (en adelante Alfonso), Eleuterio Cruz Cruz (en adelante Eleuterio) y Gerónimo Demeza Moreno (en adelante Gerónimo), y trasladados al cafetal del Sr. Guadalupe Cruz Méndez (en adelante Guadalupe). Debido a que lograron liberarse, sus agresores decidieron secuestrar a Rosa. Ese mismo día, aproximadamente a las 15:00 horas un grupo de aproximadamente 15 personas entre ellas Medardo, Manuel Moreno Pérez (en adelante Manuel), Juan, Leandro Méndez Hernández, Alfonso, Eleuterio, Gerónimo y Tello Cruz Cruz (en adelante Tello), rodearon la casa de Rosa y comenzaron a arrojar piedras hacia las ventanas, golpeando con machetes la casa donde se encontraban Rosa, Carmela y otros 4 menores de edad: Magdalena, Rosa, Maximiliano y Nazario. En ese momento los agresores rompieron la cerradura de la puerta con un machete, entraron a destruir la tienda de abarrotes que se encuentra al interior de la casa. Ante la situación Carmela, menciona que, se quedó paralizada y fue entonces que Eleuterio la tomó fuertemente del cabello y la arrastró llevándola directamente a la casa de Medardo, donde la encerró dentro del baño. Rosa testifica que: Juan, Gerónimo, Medardo y Tello le apuntaron con armas, luego la golpearon en la cara, brazos, piernas, espalda, costillas, abdomen y estómago dejándola herida. Fue entonces que cuatro hombres la levantaron y cada uno de ellos la sujetó de cada brazo, abriéndole las piernas. Posteriormente fue llevada a la casa de Medardo. Rosa manifiesta que quedó inconsciente y cuando despertó estaba amarrada de sus manos y pies. Se percató que se encontraba en la casa de Medardo, la cual está a pocos metros de la suya. En ese lugar recibió humillaciones, amenazas de muerte con la advertencia de que desalojara su casa en un plazo de 15 días (el cual vencerá el próximo 8 de abril). En ese instante, durante el secuestro, Rosa continuó siendo maltratada con golpes por las Sras. María Sánchez Sánchez, María Elena Gómez López y Ema María Sánchez Gómez. El día 25 de marzo, aproximadamente a las 13:30 horas, Rosa y Carmela fueron entregadas por sus agresores a una comisión de funcionarios de gobierno del estado, encabezados por el Sr. Ledín Méndez Nucamendi, Delegado de Gobierno de Chilón y su operador político conocido como Lic. Ventura; Sr. José Arturo Zenteno Gutiérrez, coordinador de Ministerio Públicos de Bachajón perteneciente a la Fiscalía Especializada de Justicia Indígena. Dichos funcionarios de forma deliberada omitieron dar fe y certificar las condiciones físicas y psicológicas en las que eran liberadas Rosa y Carmela, así como proceder a la detención in fraganti de los agresores. A partir de estos hechos, de la violencia generalizada en el ejido Jotolá, se han desplazado por el temor a ser agredidos: Ricardo Sánchez Luna, su esposa Enriqueta Gómez Santiz y sus hijos: Maikon Pakal Sánchez Gómez, Sami Santiago Sánchez Gómez y Cesar Augusto Sánchez Gómez; Isabel Moreno Miranda, su esposa Anita Méndez Aguilar y sus hijos: Marcos Moreno Méndez y Francisco Moreno Méndez; Mario Sánchez López y su hijo Mario Sánchez Arcos; Isaías Sánchez Arcos, su esposa Hilaria Pérez Jiménez y sus hijos: Mario Josué Sánchez Pérez y Saraí Sánchez Pérez; Marcelina Arcos Pérez; Debora Sánchez Arcos y Marcela Noemí Sánchez Arcos. Ante esta situación se violaron los derechos a la integridad personal así como lo establece el artículo 5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura y la Convención Interamericana para Prevenir y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belem do Pará) en su artículo 4, inciso b y d; así como el derecho a la libertad y seguridad personales como lo marca la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículos 16,18 y 19) el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículo 9) y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículo 5 y 7 ); Derecho a la Vivienda establecido en laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (art. 4) y en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (art. 11 párrafo primero); Derecho a la prevención y protección contra el desplazamiento establecido en los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos. Ante la gravedad de los hechos, en contra de Rosa, Carmela,Mario Sánchez Arcos, Francisco Moreno Méndez, sus familiares y las personas desplazadas, exhortamos a la comunidad nacional e internacional a exigir a las autoridades mexicanas, que: · Se castigue, conforme a derecho, a los responsables materiales e intelectuales de la privación arbitraria de la libertad y de las agresiones en contra de Rosa Díaz Gómez, Carmela Sánchez Cruz, Mario Sánchez Arcos y Francisco Moreno Méndez; · Se finque la responsabilidad penal y/o administrativa de los funcionarios públicos que por acción y omisión contribuyeron a que se consumara la violencia ejercida en contra de Rosa Díaz Gómez y Carmela Sánchez Cruz; · Se garantice la integridad y seguridad personal de las personas desplazadas y se implementen medidas cautelares que den las condiciones para el retorno seguro al ejido Jotolá. Antecedentes: En diversas denuncias de los adherentes a La Otra Campaña de Jotolá se menciona que: El día jueves 13 de agosto de 2009 por la noche hirieron con un machete el caballo propiedad de Rosa. También se escucharon amenazas, por parte de la Sra. María Hernández López, que habrá un derramamiento de sangre dentro del ejido Jotolá. El 19 de agosto del 2009, en el ejido de Jotolá se recibieron amenazas por integrantes de la OPDDIC encabezada por Juan Cruz Méndez y sus tres hermanos Rogelio, Guadalupe y Medardo además de Gerónimo Demeza Moreno quienes estaban disparando sus armas en contra de los adherentes a La Otra Campaña. El 18 de septiembre de 2009 agresores señalados como integrantes de la OPDDIC y con armas de fuego violaron la integridad personal de Ricardo Lagunes defensor de los derechos humanos además de integrantes de La Otra Campaña en Jotolá. Los agresores fueron: Agustín Hernández Santis (portaba y disparó una escopeta); Guadalupe Cruz Méndez (portaba rifle calibre 22 y pistola, disparó e hirió a Carmen Aguilar); Medardo Cruz Méndez (portaba rifle calibre 22), Miguel Gómez Hernández (portaba rifle calibre 22 de 16 tiros semi-automática); Manuel Moreno Pérez (portaba machete y palo); Daniel Moreno Pérez (portaba pistola); Rogelio Cruz Méndez (portaba escopeta); Eva Guzmán Hernández; Ernestina Guzmán Hernández; Margarita Miranda Pérez; María Sánchez Sánchez; Ofelia Cruz Jiménez; María Hernández López; María Elena Gómez López; Ema María Sánchez Gómez; Juana Sánchez Gómez; Juan Cruz Méndez(portaba pistola); Leandro Méndez Hernández. El 3 de noviembre de 2009 fueron detenidos los Sres. Juan Cruz Méndez, Rogelio Cruz Méndez, Guadalupe Cruz Méndez y Agustín Hernández Santis, por los hechos del 18 de septiembre de 2009, por la comisión de privación ilegal de la libertad, homicidio en grado de tentativa y lesiones. Sin embargo fueron liberados de forma arbitraria el 11 de noviembre 2009 “por falta de elementos”.[2] Pedimos el envío de sus acciones urgentes a: Lic. Felipe de Jesús Calderón Hinojosa Presidente de la República Residencia Oficial de los Pinos Casa Miguel Alemán Col. San Miguel Chapultepec, C.P. 11850, México DF Tel: (52.55) 2789.1100 Fax: (52.55 ) 5277.2376 Correo: felipe.calderon@presidencia.gob.mx Lic. Fernando Francisco Gómez Mont Bucareli 99, 1er. Piso, Col. Juárez, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06600 México D.F. Correo: secretario@segob.gob.mx, contacto@segob.gob.mx Lic. Juan José Sabines Guerrero Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas Palacio de Gobierno del Estado de Chiapas Fax: +52 961 61 88088 – + 52 961 6188056 Correo: secparticular@chiapas.gob.mx Dr. Noé Castañón León Secretario General de Gobierno del Estado de Chiapas Palacio de Gobierno, 2o. piso, Colonia Centro, C.P. 29000 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México Correo:secretario@secgobierno.chiapas.gob.mx Lic. Raciel López Salazar Procuraduría General de Justicia de Chiapas Libramiento Norte Y Rosa Del Oriente, No. 2010, Col. El Bosque C.P. 29049 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas Conmutador: 01 (961) 6-17-23-00. Teléfono: + 52 (961) 61 6-53-74, 61 6-53-76, 61 6-57-24, 61 6-34-50 Correo: raciel.lopez@pgje.chiapas.gob.mx Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos Periférico sur #3469, Col. San Jerónimo Lídice, Delegación Magdalena Contreras, Mexico D.F. C.P. 10200 Tel +52 (55)56818125, 54907400 Correo: trasparencia@cndh.org.mx Enviar copia a: Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas, AC. Calle Brasil 14, Barrio Méxicanos, 29240 San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, México Tel: 967 6787395, 967 6787396, Fax: 967 6783548 Correo: accionurgente@frayba.org.mx
y la carta modelo.
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Fax: (52.55) 50933414
Av. Central y Primera Oriente, Colonia Centro, C.P. 29009
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, MéxicoConmutador: + 52 (961) 61 2-90-47, 61 8-74-60
Lic. Raúl Placencia Villanueva
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