Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS)
Comisión Nacional de Salarios Mínimos (CONASAMI)


Salario Mínimo desde el 01 de enero del 2010


Oficio No. 70.

Reportero (a) en prensa diaria impresa


Es el trabajador que obtiene información de interés general sobre eventos o temas de actualidad a través de la observación de los hechos, de entrevistas a personas vinculadas con los mismos, o a personas de interés para la comunidad. Esta información la ordena, estructura y transmite de manera clara y expedita a la empresa periodística para su revisión y, en su caso, redacción definitiva y publicación. En ocasiones el trabajador es el encargado de elaborar la redacción misma de la nota. El reportero requiere de estar informado sobre los eventos o temas de su trabajo para darles seguimiento. En la captura de información puede auxiliarse de grabadoras, taquigrafía o notas y la transmisión la realiza a través de muy distintos medios, que incluyen desde la mecanografía y presentación directa de la nota hasta su envío por medio telefónico, telegráfico, telex o telefax.

ÁREA “A” $ 172.14 Pesos diarios
ÁREA “B” $ 167.79 Pesos diarios
ÁREA “C” $ 162.92 Pesos diarios



Oficio No. 71

Reportero (a) gráfico (a) en prensa diaria impresa


Es el trabajador que acude a personas o a eventos de interés general con el objeto de obtener negativos de fotografía para ilustrar sucesos y artículos de actualidad. Generalmente entrega al periódico el material fotográfico sin revelar acompañándolo de los datos de referencia con los nombres de los personajes o de los eventos que aparecen en los negativos. En ocasiones el trabajador revela e imprime las fotografías. Para su trabajo se auxilia de cámaras fotográficas y otros artículos propios de su profesión, y en ocasiones acompaña en su labor a un reportero, quien le sugiere o indica el género, estilo o ángulo de la fotografía deseada.

ÁREA “A” $ 172.14 Pesos diarios
ÁREA “B” $ 167.79 Pesos diarios
ÁREA “C” $ 162.92 Pesos diarios


CHIAPAS SE ENCUENTRA EN EL ÁREA GEOGRÁFICA “C”


Oficio No. 70.- Reportero (a) en prensa diaria impresa


$ 162.92 Pesos diarios


Oficio No. 71.- Reportero (a) gráfico (a) en prensa diaria impresa


$ 162.92 Pesos diarios
Justificar a ambos lados

Fuente: Comisión Nacional de Salarios Mínimo
http://www.conasami.gob.mx/


(Entiéndase que este monto es el mínimo que se le debe pagar a un reportero, no lo que se le deba pagar, de ahí hacia arriba se puede fijar la cantidad que el empresario y el empleado acuerden o negocien al establecer una relación laboral).