Ángeles Mariscal
Tuxtla Gutiérrez, Chis., 16 de octubre. El gobernador Juan Sabines Guerrero envió al Congreso local una iniciativa de ley en la que propone un protocolo para el uso de la fuerza pública en acciones de desalojo, obligatorio para las policías estatales, con el que busca se garantice el respeto a los derechos humanos de los ciudadanos, su vida y sus bienes, cuando se lleven a cabo este tipo de acciones.
En el documento presentado el pasado 13 de octubre, explica que con esta medida espera no se repitan hechos como el ocurrido en la comunidad Miguel Hidalgo, de la zona de Chincultik, el pasado 3 de octubre, cuando murieron seis campesinos en manos de policías estatales.
El Ejecutivo hace un recuento de otros operativos de desalojo “en los que policías estatales participaron excediéndose en sus facultades”, como los ocurridos en San Pedro Nixtalucum, en marzo de 1997; los de Unión Progreso, Chavajeval y Álvaro Obregón, en junio de 1998; y Tres Cruces de San Juan Chamula, en enero de 2003.
La propuesta que consta de 11 artículos permanentes y cinco transitorios, establece los lineamientos que regirán las conductas de los uniformados, cuando participen en un desalojo de personas que ocupen ilegítimamente alguna propiedad o vías de comunicación.
Instituye que las corporaciones policíacas participarán en operativos de desalojo, únicamente cuando medie una solicitud de un juez, ministerio público u otra autoridad que tenga facultades para emitir la orden.
Antes de llegar a esta medida –señala el documento propuesto- se deben agotar los medios de conciliación entre las partes, echo que debe ser certificado por el “Consejo de Validación de Desalojo”, integrado por la Secretaría de Gobierno, Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana, Ministerio de Justicia, y representantes de la persona o institución que solicita el desalojo.
En caso de aprobarse el operativo, se nombrará un único responsable del operante, quien deberá observar los procedimientos para minimizar el uso de la fuerza, garantizar la protección de las personas y los bienes e inmuebles de los afectados.
El protocolo señala que antes de la acción, se deberá identificar y asegurar la existencia de campamentos o lugares apropiados para la ubicación inmediata posterior al desalojo, de mujeres, niños, personas con capacidades diferentes y adultos mayores.
También se deberá hace un estudio previo sobre las personas a desocupar, a fin de prevenir situaciones de riesgo como la existencia de mujeres embarazadas o menores de edad.
Se invitará por escrito a la Comisión de Derechos Humanos del Estado, para que verifique la operación, y a la Cruz Roja, para que atienda cualquier emergencia, señalan los articulados.
Por parte de los cuerpos policíacos que participen en el operativo, el protocolo establece que se les deberá aplicar un examen toxicológico previo, y que los uniformados “no podrán portar ningún tipo de arma de fuego, punzocortantes, ni gases tóxicos.
En todo momento –añade el protocolo de desalojo- se deberá documentar el operativo a través de su filmación, desde su inicio hasta su conclusión.
Finalmente, establece que los cuerpos policíacos estatales están obligados a cumplir el protocolo aún cuando los operativos sean coordinados por autoridades federales.
La inobservancia a los principios de “legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos que mandata la Constitución General de la República y los tratados internacionales de los que México sea parte”, se sancionará con penas administrativas y penales, advierte el protocolo.
El artículo cuarto transitorio establece que en dado caso que no se observen las disposiciones del protocolo y derivado de ello civiles resulten lesionados o fallecidos, el gobierno estatal indemnizará a los deudos conforme a las leyes y tratados de que México sea parte.
El Congreso local dio entrada a esta la iniciativa de ley, y se espera convoque a una sesión extraordinaria para su análisis, discusión y en su caso aprobación.
Tuxtla Gutiérrez, Chis., 16 de octubre. El gobernador Juan Sabines Guerrero envió al Congreso local una iniciativa de ley en la que propone un protocolo para el uso de la fuerza pública en acciones de desalojo, obligatorio para las policías estatales, con el que busca se garantice el respeto a los derechos humanos de los ciudadanos, su vida y sus bienes, cuando se lleven a cabo este tipo de acciones.
En el documento presentado el pasado 13 de octubre, explica que con esta medida espera no se repitan hechos como el ocurrido en la comunidad Miguel Hidalgo, de la zona de Chincultik, el pasado 3 de octubre, cuando murieron seis campesinos en manos de policías estatales.
El Ejecutivo hace un recuento de otros operativos de desalojo “en los que policías estatales participaron excediéndose en sus facultades”, como los ocurridos en San Pedro Nixtalucum, en marzo de 1997; los de Unión Progreso, Chavajeval y Álvaro Obregón, en junio de 1998; y Tres Cruces de San Juan Chamula, en enero de 2003.
La propuesta que consta de 11 artículos permanentes y cinco transitorios, establece los lineamientos que regirán las conductas de los uniformados, cuando participen en un desalojo de personas que ocupen ilegítimamente alguna propiedad o vías de comunicación.
Instituye que las corporaciones policíacas participarán en operativos de desalojo, únicamente cuando medie una solicitud de un juez, ministerio público u otra autoridad que tenga facultades para emitir la orden.
Antes de llegar a esta medida –señala el documento propuesto- se deben agotar los medios de conciliación entre las partes, echo que debe ser certificado por el “Consejo de Validación de Desalojo”, integrado por la Secretaría de Gobierno, Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana, Ministerio de Justicia, y representantes de la persona o institución que solicita el desalojo.
En caso de aprobarse el operativo, se nombrará un único responsable del operante, quien deberá observar los procedimientos para minimizar el uso de la fuerza, garantizar la protección de las personas y los bienes e inmuebles de los afectados.
El protocolo señala que antes de la acción, se deberá identificar y asegurar la existencia de campamentos o lugares apropiados para la ubicación inmediata posterior al desalojo, de mujeres, niños, personas con capacidades diferentes y adultos mayores.
También se deberá hace un estudio previo sobre las personas a desocupar, a fin de prevenir situaciones de riesgo como la existencia de mujeres embarazadas o menores de edad.
Se invitará por escrito a la Comisión de Derechos Humanos del Estado, para que verifique la operación, y a la Cruz Roja, para que atienda cualquier emergencia, señalan los articulados.
Por parte de los cuerpos policíacos que participen en el operativo, el protocolo establece que se les deberá aplicar un examen toxicológico previo, y que los uniformados “no podrán portar ningún tipo de arma de fuego, punzocortantes, ni gases tóxicos.
En todo momento –añade el protocolo de desalojo- se deberá documentar el operativo a través de su filmación, desde su inicio hasta su conclusión.
Finalmente, establece que los cuerpos policíacos estatales están obligados a cumplir el protocolo aún cuando los operativos sean coordinados por autoridades federales.
La inobservancia a los principios de “legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos que mandata la Constitución General de la República y los tratados internacionales de los que México sea parte”, se sancionará con penas administrativas y penales, advierte el protocolo.
El artículo cuarto transitorio establece que en dado caso que no se observen las disposiciones del protocolo y derivado de ello civiles resulten lesionados o fallecidos, el gobierno estatal indemnizará a los deudos conforme a las leyes y tratados de que México sea parte.
El Congreso local dio entrada a esta la iniciativa de ley, y se espera convoque a una sesión extraordinaria para su análisis, discusión y en su caso aprobación.
0 Comments Received
Publicar un comentario