ROBERTO DOMÍNGUEZ CORTÉS

Cuarto Poder

Hojas Libres


"se intentó abusar de la Constitución al pretender prorrogar el mandato de los alcaldes por lo que la Corte declaró inválida la reforma aprobada en ese entonces por el Congreso del Estado." Reforma electoral sobre reforma electoral

Procede acción de inconstitucionalidad

Innecesariamente se ha hablado de la posibilidad de promover otra reforma Constitucional para prolongar el mandato de los actuales ayuntamientos y el ejercicio legislativo del Congreso del Estado hasta por un período de 4 años y 8 meses, bajo el inútil argumento de que el ahorro con cargo al erario público sería significativo si se elimina la elección de presidentes municipales y diputados locales en octubre de 2010. Ningún argumento es válido y menos cuando se atenta contra la Constitucionalidad del Estado.

Entrevistado el secretario de la gobernación, Noé Castañón, manifestó desconocer si hay una iniciativa al respecto, e incluso expresó su desacuerdo al afirmar que durante el gobierno de Pablo Salazar "se intentó abusar de la Constitución al pretender prorrogar el mandato de los alcaldes por lo que la Corte declaró inválida la reforma aprobada en ese entonces por el Congreso del Estado." Y por supuesto el ex ministro de la Suprema Corte sabe de lo que habla.

Y la misma versión del Ejecutivo corrió a cargo del Legislativo: negar reformas a los artículos de la Constitución del Estado para permitir que los alcaldes que concluyen el 31 de diciembre de 2010 y los diputados locales el 15 de noviembre de ese mismo año, lo hagan hasta el 2012. Se sabe ahora que bajo el más estricto secreto, los cabildos de Tuxtla Gutiérrez, Tapachula, Comitán, Arriaga y Huixtla, entre otros, han firmado el acuerdo de prórroga municipal y legislativa según nota de Gaspar Romero en el Cuarto Poder.

Lo malo para los alcaldes que conspiran en contra de la Constitución General de la República y la Constitución de Chiapas, es que ponen en riesgo la gobernabilidad del Estado y se convierten innecesariamente en promotores de una indeseable Acción de Inconstitucionalidad, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que evidencie la ilegalidad de su actuación ante la virtual aprobación de una prórroga de mandato. Pero más allá de la ilegalidad que se propone, bastaría una brevísima indagación entre los electores y la sociedad para enterarse del repudio anticipado a su propia reforma y de desconfianza a cualquier acto de autoridad. Encontrarán que ya fueron sentenciados bajo el certero argumento de que no es por el bien de Chiapas ni por ahorrarle dineros en plena crisis económica, sino que es con el único propósito de aferrarse al cargo por casi 2 años más y los privilegios económicos que ello implica.

Y hay razón para enjuiciar así. La severa contradicción en el actuar de los ediles promotores de la reforma Constitucional es notoria, y además los deslegitima en el cargo para el cual fueron electos por 3 años y no por 4 y 8 meses. Son estos mismos presidentes municipales los que votaron para que la próxima legislatura y los siguientes ayuntamientos tuvieran una duración de un año y 8 meses. Con ello se perseguían 2 propósitos fundamentales: empatar en el 2012 las elecciones locales con las federales y ciertamente reducir el gasto que implica elecciones alternadas casi consecutivas.

De acuerdo a la reforma votada, aprobada y vigente en la actualidad por los que ahora pretenden modificarla, los presidentes municipales serán electos el primer domingo de octubre de 2010. Tomarán posesión el primero de enero de 2011 y su período de gobierno municipal concluirá el 30 de septiembre de 2012, o sea, un año y 9 meses para después iniciar y tener elecciones el mismo 2012 los gobiernos federal, estatal, municipal y los respectivos Congreso de la Unión y Congreso del Estado.

Y por lo que respecta a la elección de diputados al Congreso del Estado, la próxima legislatura se elegirá también el primer domingo de octubre de 2010, tomará protesta el 16 de noviembre y terminará su encargo el 30 de septiembre de 2012. Es decir, estos diputados desfrutarán de la dieta legislativa por un año, 10 meses y 15 días.

Pero ahora les llegó la ambición y pretenden perpetuarse en el cargo. Han echado reversa y desconocido la reforma Constitucional de la que fueron protagonistas y votaron por el bien del Estado, aún cuando ahora es lo que menos importa. Sólo que con ello exhiben sus miserias políticas y jurídicas y su deslealtad a las instituciones. De ahí que en discretos coloquios elucubran y conspiran en contra del sistema jurídico mexicano, pero no les va a resultar. Para prolongar un período legislativo y municipal se requería hacer la reforma con anterioridad. Exactamente en el 2006 para que los presidentes municipales y diputados locales electos en octubre del 2007 pudieran entonces sí estar vigentes hasta septiembre y noviembre de 2012.

No hay pues permiso Constitucional para que en nombre de la austeridad y de la democracia se pretenda ahora tener presidentes municipales y diputados locales por casi 5 años. Los electores sufragaron por representantes de 3 años. Y alterar el período de gobierno constituye un engaño al pueblo y una agresión a cualquier sistema democrático. Y más grave todavía que con una espúrea reforma a la Constitución se pretenda una reelección sin elección.

En cada conciliábulo de los ediles que ya se imaginan reelectos agreden a la Constitución. Basta con enunciar apenas alguna de las partes del artículo 116 de la Carta Magna de los 6 artículos que se vulneran para descubrir que desde hoy, los munícipes se ponen en calidad de gobernantes de facto: "La elección de las legislaturas locales será directa y en los términos que dispongan las leyes electorales... Los diputados a las legislaturas de los Estados no podrán ser reelectos para el período inmediato... Las Constituciones y las leyes de los Estados en materia electoral garantizarán que... los miembros de las legislaturas locales y de los integrantes de los ayuntamientos se realicen mediante sufragio universal, libre secreto y directo."

Las partes del artículo 116 trascrito es de lectura obligatoria para los presidentes municipales y diputados locales electos por 3 años y que ahora pretenden permanecer en el presupuesto hasta por 5 años. Lo que dice la Constitución es que prolongar el mandato es reelección pura y simple. Y hay que recordar que el Sufragio Efectivo. No Reelección costó más de un millón de muertos en la Revolución de 1910.

Para los diputados y presidentes municipales que están por la reelección deberían acudir al epistolario de don Jesús Reyes Heroles de que en política la forma es fondo y a la sabia asesoría de don Patrocinio González Garrido. El 8 de diciembre de 1988 don Patrocinio promovió una reforma Constitucional para que los presidentes municipales y diputados locales que tomaran posesión en 1991, lo hicieran una sola vez por un período de 4 años hasta 1995, pero jamás se le hubiera ocurrido que los diputados electos por 3 años en 1988 usufructuaran el cargo por 4 y hasta 1992.

Por eso cualquiera de los sujetos facultados en el artículo 105 de la Constitución Federal, para promover una Acción de Inconstitucionalidad, haría trizas las trágicas intenciones de más de un diputado y presidente municipal que ya se siente nominado hasta la navidad del 2012. No hay tal. Basta con transcribir la Acción de Inconstitucionalidad 47/2006 resuelta por UNANIMIDAD de 10 votos de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: "PRÓRROGA DE MANDATO. ES INCONSTITUCIONAL EN CASO DE QUE IMPLIQUE LA PROLONGACIÓN DE LA LEGISLATURA LOCAL Y DE LOS MIEMBROS DE LOS AYUNTAMIENTOS QUE SE ENCUENTREN EN ESE MOMENTO EN CURSO, MÁS ALLÁ DEL PERÍODO PARA EL CUAL HAN SIDO ELECTOS.

Que lo piensen pues los ediles promotores de reformas que riñen con el marco jurídico nacional. Están llamados a perder aún cuando propongan el SUFRAGIO EFECTIVO NO. REELECCIÓN. Ampliaremos...