San Cristóbal de Las Casas, Chiapas a 20 de abril de 2009.

AU 02

 

ACCION URGENTE

 

RIESGO DE QUE LIBEREN A PARAMILITARES

RESPONSABLES DE LA MASACRE DE ACTEAL

 

El Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas, ha recibido información de fuente confiable, que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitirá resolución para que obtengan la libertad los 12  paramilitares acusados de participar en la Masacre de Acteal. El 2 de julio del 2007, la SCJN decidió atraer los amparos de 12 paramilitares inculpados en la Masacre de Acteal, por faltas al debido proceso cuyo origen es el deficiente sistema de procuración y administración de justicia; pero de ningún modo para pronunciarse por el fondo del asunto.

 

Sería lamentable que la SCJN se deje influir por la campaña mediática, realizada  por la defensa académica de los paramilitares sentenciados, desde diversos medios de comunicación masiva, particularmente desde la revista NEXOS. Los abogados de los paramilitares plantean la defensa desde una lógica académica, desde el escritorio con el simple análisis de los expedientes derivando en hipótesis absurdas y mentirosas; y planteando su estrategia mediática involucrando como sus aliados a medios de comunicación afines a Ernesto Zedillo Ponce de León principal autor intelectual de la Masacre de Acteal y quien seguramente está detrás de este intento de mayor impunidad.

 

De acuerdo a las declaraciones de los testigos presenciales, es decir, los sobrevivientes, todos los que hoy están solicitando amparo, participaron en la masacre el día 22 de diciembre de 1997, en Acteal, sus declaraciones constan en los expedientes judiciales desde 1997 y en diligencias posteriores, incluyendo careos. En su momento los jueces de las causas penales consideraron suficientes los testimonios de los sobrevivientes, para fincar responsabilidad a las 12 personas que ahora acuden a la SCJN solicitando amparo.

 

Este Centro de Derechos Humanos considera que la SCJN, deberá valorar que de ser ciertas las faltas al debido proceso que alegan, en modo alguno implican la inocencia de los sentenciados. Su tarea principal debería ser no abonar a una mayor impunidad a 11 años y 4 meses de cometido este crimen de lesa humanidad.

 

Los hechos previos de violencia que llevaron a la Masacre, y por supuesto ésta en sí misma, constituyen un crimen de lesa humanidad, que se perpetraron en el marco de la implementación de una estrategia contrainsurgente implementada por el Estado Mexicano. Obviar esto, por parte de los ministros de la SCJN, a lo único que llevaría es convertirse en cómplices, sumarse a la lista de perpetradores de violaciones a derechos humanos por la Masacre de Acteal y a desgastar aún más, las ya débiles instituciones del Estado Mexicano.

 

El Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas teme que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al pronunciarse,  contribuya a la impunidad con consecuencias imprevisibles en las comunidades indígenas de Chiapas donde persiste un Conflicto Armado Interno no resuelto.

 

A once años de perpetrada la masacre de Acteal, este Centro de Derechos Humanos insiste en la responsabilidad del Estado mexicano por las siguientes razones:

 

  • El Estado Mexicano es responsable por acción, ya que dicha  masacre fue producto de una Política de Estado totalmente deliberada y encaminada a cometer ataques sistemáticos en contra de la población civil, con el fin de debilitar el apoyo al Ejército Zapatista de Liberación Nacional y posteriormente disolverlo. En la implementación de una política contrainsurgente el Estado creó, financió, entrenó y encubrió a grupos paramilitares para cometer ataques sistemáticos contra la población civil disidente.

 

  • El Estado Mexicano es responsable por omisión, pues mientras ocurría la masacre, la Policía de Seguridad Pública se encontraba a escasos 200 metros del lugar de los hechos, sin que interviniera para evitar su consumación. Asimismo, autoridades del Gobierno de Chiapas fueron informadas de lo que ocurría esa mañana del 22 de diciembre, sin que actuaran en consecuencia.

 

  • El Estado Mexicano es responsable por dilación y denegación de justicia porque:

 

1) El derecho a conocer la verdad de los hechos, ha sido negada, pues no se han agotado las líneas de investigación relativas a la implementación de una estrategia contrainsurgente ni a la existencia de grupos paramilitares. El Estado Mexicano se ha negado a reconocer las causas que dieron origen a la masacre, propiciando con ello impunidad.

 

2) Los autores intelectuales, como el entonces Presidente de la República, Ernesto Zedillo, el Secretario de la Defensa Nacional, General Enrique Cervantes y el Comandante de VII Zona Militar y de la Fuerza de Tarea Arcoiris que llevó a cabo el Plan de Campaña Chiapas 94, Mario Renán Castillo, entre otros, no han sido investigados y en consecuencia, tampoco castigados.

 

3) A once años de la masacre aún hay causas penales abiertas, los juicios se han extendido excesivamente debido a omisiones imputables al propio Estado, implicando con ello el desgaste de los sobrevivientes y testigos. Aún existen 27 órdenes de aprehensión sin ejecutar. Sólo una de las sentencias que han quedado firmes para cumplimentarse, condenó a uno de los autores materiales al pago de la reparación del daño por algunos de los ejecutados.

 

4) No han sido implementadas las medidas que garanticen la No Repetición de hechos como esta masacre, entre las que estaría el desarme de los grupos paramilitares.

 

Acciones solicitadas:

 

Exigir, enviando escritos a  los Ministros y Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del Gobierno Mexicano, urgiéndoles a:

 

1.- Que la revisión de los expedientes no contribuya a generar mayor impunidad, sino justicia para las víctimas y sobrevivientes de la Masacre de Acteal, en tal sentido, que se pronuncien de manera independiente e imparcial sobre la responsabilidad que tuvieron los sentenciados, la cual ha sido acreditada por las víctimas y sobrevivientes de la masacre.

 

2.- Que exija a las autoridades responsables de la Procuración y Administración de Justicia se investigue de manera imparcial, la participación en estos crímenes de lesa humanidad de funcionarios de alto nivel, señalando a los responsables de operar esta política contrainsurgente.

 

Al Poder Ejecutivo Federal:

 

1.- Se tomen acciones para garantizar justicia, investigación y castigo a los responsables por comisión y por omisión de quienes planearon, coordinaron y ejecutaron la masacre.

 

2.- Se abstengan de otorgar impunidad y cobijo a las Fuerzas Armadas de México que han actuado en contra de la población civil. 

 

A la Sociedad Civil:

 

1.- Pronunciarnos en contra de la continuidad de la estrategia contrainsurgente y paramilitar. La liberación de los sentenciados, hoy quejosos, responsables de la masacre implicaría la confirmación de la acción de los grupos paramilitares contra la población civil, en el contexto del Manual de Contrainsurgencia que se implementa. Así mismo se corre el riesgo de la reactivación de sus acciones violentas.

 

2.- Que no olvidemos lo sucedido, sus causas; que se movilice y manifieste sumándose a la exigencia de justicia y de la verdad.

 

Favor de escribir también a las representaciones diplomáticas de sus países en México

 

Direcciones:

 

Suprema Corte de Justicia de la Nación

Ministro Presidente Guillermo I. Ortiz Mayagoitia

Pino Suárez Número 2,

Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc,

C.P. 06065,

México, Distrito Federal.

Contacto: administrator@mail.scjn.gob.mx

 

Ministro Sergio Armando Valls Hernández

Suprema Corte de Justicia de la Nación

Pino Suárez Número 2,

Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc,

C.P. 06065,

México, Distrito Federal.

Contacto: administrator@mail.scjn.gob.mx

 

 

Lic. Felipe de Jesús Calderón Hinojosa

Presidente de la República

Residencia Oficial de los Pinos

Casa Miguel Alemán

Col. San Miguel Chapultepec,

C.P. 11850, México DF

Tel: (52.55) 2789.1100 Fax: (52.55 ) 5277.2376

Correo: felipe.calderon@presidencia.gob.mx

 

Comisión Nacional de Derechos Humanos

Presidente: José Luis Soberanes Fernández

Periférico Sur 3469,

Col. San Jerónimo Lídice,

Delegación Magdalena Contreras,

C.P. 10200, México D.F.,

Teléfonos (55) 56 81 81 25 y 54 90 74 00, Lada sin costo 01800 715 2000

Correo Electrónico: correo@cndh.org.mx

 

Lic. Fenando Gómez Mont

Secretario de Gobernación

Bucareli 99, 1er. Piso, Col. Juárez,

Del. Cuauhtémoc,

C.P. 06600 México D.F.

Fax: (52.55) 50933414

Correo:  secretario@segob.gob.mx

 

Sr. Santiago A. Cantón

Secretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos Correo: cidhoea@oas.org

 

RPTE. DE LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO PARA LOS DERECHOS HUMANOS EN MEXICO

Dirección : Alejandro Dumas #165
Col. Polanco Delegación Miguel Hidalgo
C.P 11560     México D.F
Tel: + 52 (01 55) 5061-6350 Fax: 5061-6358
e-mail: oacnudh@ohchr.org  

 

Enviar copia a:

Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas, A.C.

Calle Brasil 14, Barrio Méxicanos, 29240 San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, México

Tel: 967 6787395, 967 6787396, Fax: 967 6783548

Correo: accionurgente@frayba.org.mx