LAS CASAS El Presidente de la Magistratura Superior habla sobre la suspensión de las elecciones.

"Debatible" reforma de ley



UN CIUDADANO -ABOGADO CREO- VÍA ANÓNIMA ME HIZO LLEGAR ESTE TEXTO, SE LOS DEJO POR TENER BUENOS ARGUMENTOS:

POR PRINCIPIO DE CUENTAS EN LA ESCUELA NOS DECIAN QUE LAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES ESTABAN EN LOS 30 PRIMEROS ARTICULOS DE LA CONSTITUCION

PUES BIEN LO QUE SE DENOMINA GARANTIA DE LIBERTAD DE EXPRESION ES UN DERECHO FUNDAMENTAL, ENTONCES REPLANTEO LOS DERECHOS FUNDAMENTALES ESTAN ENLO PRIMEROS 29 ARTICULOS DE LA CONSTITUCION

ENTONCES QUE SON LAS GARANTIAS?

PUES LOS CAMINOS PROCEDIMENTALES QUE GARANTIZAN SE RESPETE EL DERECHO FUNDAMENTAL

SI ME PROHIBEN EJERCER EL DERECHO FUNDAMENTAL DE LA LIBERTAD DE EXPRESION, PUES OCUPO LA GARANTIA DE INICIAR UNA DEMANDA DE AMPARO Y ESE PROCESO ME GARANTIZA QUE SE RESPETE MI DERECHO FUNDAMENTAL

ESTA PRECISION DE UBICAR LA DIFERENCIA ENTRE DERECHOS FUNDAMENTALES ES IMPORTANTE

POR QUE EN EL CASO SE AFECTA EL DERECHO FUNDAMENTAL DE PODER ELEGIR A AUTORIDADES, Y LAS GARANTIAS SON LOS MEDIOS DE CONTROL CONSTITUCIONAL,

QUE SON LOS PROCEDIMIENTOS QUE SUJETAN A LAS AUTORIDADES A CEÑIR SU ACTUAR AL MARCO DE LA CONSTITUCION.

EL ARTÍCULO 105 DE LA CONSTITUCION GENERAL DE LA REPUBLICA ESTABLECE EN SU FRACCION II LAS ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD, COMO FORMAS DE CONTROL CONSTITUCIONAL

EL CONTROL CONSTITUCIONAL ES LA GARANTIA DE QUE EN EL ESTADO DEMOCRATICO MODERNO LA CONSTITUCION ESTA POR ENCIMA DE LAS AUTORIDADES, Y LA FORMA DE GARANTIZARLO ES CON ESTOS PROCEDIMIENTOS

EN CHIAPAS TAMBIEN EXISTE UN SISTEMA DE CONTROL CONSTITUCIONAL LOCAL Y EL ORGANO RESOLUTOR ES PRESIDIDO POR JUAN GABRIEL COUTIÑO DE AHÍ QUE TENGA IMPOSIBILIDAD DE PRONUNCIARSE, POR QUE SE LE PUDIERA PLANTEAR ALGUNA IMPUGNACION, NO IMPORTA SABER QUE NOS QUEDA CLARO COMO RESOLVERA, LO QUE EVIDENCIA ES LA FALTA DE RESPETO.

MAXIME A LA CIUDADANIA

SI BIEN ES CIERTO PARA EJERCER LA ACCION DE INCONSTTITUCIONALIDAD ES DE 30 SEGUN LA DISPOSICION CONSTITUCIONAL, EXISTE LA FORMA DE ACREDITAR LA SECRECIA Y EL TERMINO ES A PARTIR DE QUE CIRCULO EL PERIODICO.

PERO EXISTE OTRA CIRCUNSTANCIA

QUÉ OCURRIRA CON LA INCONFORMIDAD DE LOS CIUDADANOS QUE QUIERAN SER CANDIDATOS Y ACUDAN A LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUBNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN QUE ES CONTROL CONSTITUCIONAL EN MATERIA ELECTORAL?

ENTONCES NO ESTA TERMINADO EL ASUNTO Y NO LO ESTA POR QUE COMETIERON TRES TRANSGRECIONES.

1.- ANULAR LOS PROCESOS ELECTORALES PARA EL 2010

2. PROGORROGARSE EL MANDATO

3.- DARSE LA ATRIBUCION DE DESIGNAR CONSEJOS MUNICIPALES.

ESTAS TRES AFECTACIONES CHOCAN CON EL PROYECTO DE INCLUIR EN LA CONSTITUCION LOS OBJETIVOS DE DESARROLLO DEL MILENIO YA QUE LA ONU HA SOSTENIDO QUE SIN DEMOCRACIA NO PUEDE HABER DESARROLLO, EN CONSECUENCIA ES CURIOSO QUE LOS MISMOS DIPUTADOS QUE MODIFICARON LA CONSTITUCION PARA INCLUIR LOS OBJETIVOS DE DESARROLLO DEL MILENIO, AHORA NIEGUEN EL DERECHO FUNDAMENTAL DE PODER ELEGIR A LAS AUTORIDADES, NEGAR LA CIUDADANIA.

FALTA HACER UNA ESCALADA DE ACCIONES EN EL DISTRITO FEDERAL Y PARA ALLA IREMOS

TE RECUERDO QUE EN EL 2008 JORGE CASTAÑEDA GUTMAN GANO EN LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS LA DEMANDA CONTRA EL GOBIERNO POR NO PERMITIR CANDIDATURAS INDEPENDIENTES SERÍA UN TEMA INTERESANTE PARA CONTINUAR OTRA DEMANDA, DEL ESCRITO DE MARIO CARLOS SE ENVIO COPIA A LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, QUE ES LA ANTESALA DE LA CORTE INTERAMERICANA,

Y OJO SI NO HAY RECURSOS EN EL PAIS PARA LOS CIUDADANOS SE ABRE LA PUERTA EN LA COMISION INTERAMERICANA Y EN LA CORTE INTERAMERICANA OMAGINA 500 DEMANDAS DE CHIAPANECOS, QUE NO QUIEREN SER CANDIDATOS QEU QUIEREN QUE SE LES RESPETE EL VOTO, EN MEXICO NO TIENEN RECURSO CONTRA LO QUE SE HIZO CON LA PRORROGA,

SE IMPUGNA SE ACREDITA LA FALTA DE RECURSOS Y

VEREMOS QUE PASA EN LA CORTE, QUE ES TARDADO QUIZA PERO POR LO MENOS YA HUBO UN AVISO